miércoles , mayo 1 2024

Negociación Colectiva Suspendida

A través de una directiva firmada por la directora(s) de la Dirección del trabajo, Camila Jordán, la entidad estableció su modalidad de funcionamiento ante la crisis sanitaria derivada del COVID-19.

En el caso de los procesos de negociación que se encuentren próximos a la votación de huelga, el servicio señaló que atendida la emergencia sanitaria decretada en el país, la Coordinación de Relaciones Laborales del servicio remitirá un correo electrónico a las partes involucradas en las conversaciones a fin de orientarlas “a que se acuerde la ampliación de plazo de la negociación de conformidad al inciso tercero del artículo 348 del Código del Trabajo, por a lo menos 2 meses contados desde la fecha en curso”. ¿Qué significa esto? Que se invita a las partes a ampliar el plazo de la negociación y postergar la oportunidad para la votación de la huelga. “En este caso, si existiere contrato colectivo se entenderá prorrogada su vigencia por el tiempo que las partes determinen. Este acuerdo deberá constar por escrito, suscribirse por las comisiones negociadoras de ambas partes y remitirse copia a la Inspección del Trabajo”, es parte de lo que establece la norma en cuestión.

El pronunciamiento del servicio fue celebrado por algunos abogados, quienes valoraron las nuevas directrices.

“La Dirección del Trabajo insta a las partes para entender el proceso que se vive actualmente y de esta manera prorrogar la duración de las negociaciones colectivas, sobre ese aspecto estoy sumamente de acuerdo, creo que ni a las empresas ni a los sindicatos en este momento les conviene negociar con tanta incertidumbre”, dijo Jorge Arredondo, director del grupo Laboral de Albagli Zaliasnik (AZ).

En este contexto, nuestra Negociación se encuentra en pausa, la cual retomaremos tan pronto hayamos superado las actuales circunstancias.

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